⚖️ Guía legal · Fraude bancario 2025

¿Qué hacer si el banco te ofrece devolver solo una parte del dinero estafado?

El banco te llama, te escribe o te cita en la oficina. Reconoce que hubo un fraude. Y te ofrece devolverte una parte del dinero, no todo. Antes de contestar, necesitas leer esto: aceptar esa oferta podría hacerte perder para siempre el derecho a reclamar el resto. Te explicamos qué está pasando, qué dice la ley y cuál es el movimiento correcto.

📅 Actualizado: marzo 2026 ⏱ 11 min de lectura ✍️ Equipo jurídico de ReclamacionesPhishing.com
⚠️

No respondas al banco todavía

Si el banco acaba de hacerte una oferta parcial, no la aceptes ni la rechaces por escrito antes de leer este artículo. Tienes tiempo. Un error en este momento puede cerrar la puerta al resto del dinero que te deben.

1. Por qué la entidad bancaria te propone recuperar solo una parte del dinero robado en la estafa: la táctica de negociación que usan contra las víctimas

Cuando un banco te ofrece devolverte una parte del dinero estafado, no lo hace por generosidad. Lo hace porque sus propios asesores jurídicos han calculado que es más barato pagarte algo ahora que enfrentarse a una demanda judicial que probablemente perderían.

Esta es la lógica que hay detrás de cada oferta parcial:

Lo que el banco piensaLo que el banco hace
Si voy a juicio, la STS 571/2025 me obliga a devolver el 100% más intereses y costas. Te ofrece el 40-70% ahora para cerrar el caso sin juicio.
El cliente está agotado y necesita el dinero. Puede ceder ante la presión. Crea urgencia: «esta oferta caduca en X días».
Si acepta, renuncia al resto y yo me ahorro costas, intereses y la sentencia. Incluye cláusulas de renuncia en letra pequeña en el acuerdo.
Muchos clientes no saben que tienen derecho al 100%. No te informa de tus derechos reales antes de hacerte la oferta.

🔍 La regla de oro: si el banco te ofrece algo, es porque sabe que te debe más. Una oferta parcial es, paradójicamente, una señal de que tu reclamación tiene base sólida. Úsala a tu favor.

2. Lo que establece la Ley de Servicios de Pago (PSD2): tu derecho a recuperar el importe íntegro del fraude bancario

No es una opinión: es la ley. El artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018, que transpone la Directiva europea PSD2, es absolutamente claro respecto a qué debe hacer el banco cuando se ejecuta una operación de pago no autorizada:

📜 Art. 45 RDL 19/2018 — Ley de Servicios de Pago

El banco debe devolver el importe íntegro de forma inmediata

La norma establece que cuando se ejecute una operación de pago no autorizada, el banco devolverá al cliente el importe de la operación no autorizada de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente a aquel en que haya observado o se le haya notificado la operación. No una parte. El importe íntegro.

El banco solo queda eximido de esta obligación si consigue demostrar —y la carga de la prueba recae sobre él, no sobre ti— que el cliente actuó con fraude o negligencia grave. Simplemente argumentarlo no es suficiente: debe probarlo.

¿Qué conductas de la víctima del fraude bancario NO constituyen negligencia grave según la jurisprudencia española?

  • Caer en un SMS o correo que replica perfectamente la identidad visual del banco.
  • Facilitar un código OTP creyendo que estás cancelando una operación sospechosa (como te indicaron los estafadores).
  • Acceder a un enlace recibido en el hilo de SMS legítimos del banco (smishing avanzado).
  • Confiar en una llamada desde el número oficial del banco (spoofing telefónico).
  • Compartir claves de acceso de forma voluntaria y consciente con terceros conocidos (esto sí podría considerarse negligencia).
  • Ignorar avisos expresos del banco sobre una operación concreta y autorizarla igualmente.

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3. El riesgo oculto de firmar la compensación parcial: por qué aceptar menos dinero puede cerrarte todas las puertas legales

Este es el punto más importante del artículo. La mayoría de las víctimas no saben que cuando firman un acuerdo de compensación parcial con el banco, generalmente están renunciando para siempre a reclamar el resto.

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Cláusula de renuncia: la trampa en letra pequeña

Los acuerdos que el banco te presenta para firmar suelen incluir frases como «en plena y definitiva liquidación de cualquier reclamación presente o futura» o «con carácter liberatorio de todas las obligaciones derivadas de los hechos referenciados». Si firmas con esa cláusula, pierdes el derecho a reclamar el resto, aunque la ley te asistiera para ello.

Comparativa real: qué pierdes económicamente si aceptas la indemnización parcial del banco frente a reclamar el total del dinero estafado

❌ Si aceptas la oferta parcial

  • Recibes el 40-70% del dinero estafado.
  • Renuncias al resto de forma irreversible.
  • No recibes intereses desde la fecha del fraude.
  • El banco no paga las costas de tu abogado.
  • El banco «gana» sin necesidad de ir a juicio.

✅ Si rechazas y reclamas el 100%

  • Optas al importe íntegro del fraude.
  • Más intereses legales desde la fecha del fraude.
  • Si ganas en juicio, el banco paga las costas.
  • Muchos bancos llegan a acuerdo antes del juicio.
  • La STS 571/2025 está de tu lado.

💡 Dato clave: cuando el banco sabe que irás a juicio con un buen abogado y la STS 571/2025 en la mano, en muchos casos mejora su oferta de forma significativa antes incluso de que presentes la demanda. El rechazo inicial a la oferta parcial es, con frecuencia, el primer paso para conseguir el 100%.

4. Cómo contestar a la oferta del banco tras la estafa sin renunciar a tu derecho al reembolso total

Rechazar la oferta del banco no significa entrar en conflicto ni cerrar puertas. Significa ganar tiempo para evaluar tu posición real y negociar desde la fuerza, no desde la desesperación. Estos son los principios que debes seguir:

1

No respondas por escrito sin asesoramiento

Cualquier respuesta escrita al banco puede ser usada en tu contra. Si el banco te presiona para que respondas, puedes decir verbalmente que necesitas tiempo para estudiar la oferta. No hay ningún plazo legal que te obligue a aceptar o rechazar en días.

2

Lee el documento de oferta con lupa

Busca cualquier referencia a «liquidación definitiva», «renuncia a futuras reclamaciones» o «carácter liberatorio». Si aparecen estas palabras, la oferta incluye una renuncia implícita a reclamar el resto. Eso es innegociable: no debes firmarlo.

3

Consulta con un abogado especializado antes de contestar

Un especialista en fraude bancario puede evaluar en pocas horas si tu caso tiene base para reclamar el 100% y qué probabilidades reales existen. Con esa información, sabrás exactamente cuánto estás dejando sobre la mesa si aceptas la oferta parcial.

4

Solicita la oferta por escrito si el banco te la ha hecho verbalmente

Si la oferta llegó por teléfono o en una reunión en la oficina, pide que te la pongan por escrito. Nada firmado, nada aceptado. Además, tener la oferta escrita documenta que el banco reconoce que existe una deuda, lo que puede usarse a tu favor en una reclamación posterior.

5

Comunica tu rechazo de forma formal y fehaciente

Cuando decidas rechazar, hazlo por escrito (correo electrónico con confirmación de lectura, burofax o a través del Servicio de Atención al Cliente) y deja claro que no aceptas la compensación parcial y que mantienes tu reclamación por el importe íntegro más intereses legales desde la fecha del fraude.

5. Pasos para exigir la devolución completa del dinero sustraído después de rechazar la propuesta parcial del banco

Una vez hayas rechazado la oferta parcial, el proceso para reclamar el 100% sigue esta hoja de ruta:

PasoAcciónPlazo orientativo¿Obligatorio?
1 Reclamación formal por escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco exigiendo el reembolso íntegro Inmediato Sí (requisito previo)
2 Si el banco no responde en 15 días hábiles o la respuesta es negativa: reclamación ante el Banco de España Tras 15 días hábiles Recomendable
3 Demanda judicial (procedimiento verbal hasta 15.000 € / ordinario por importes superiores) En cualquier momento tras el SAC Si el banco no cede
4 Ejecución de sentencia y cobro del 100% + intereses + costas Tras sentencia firme Automático si ganas

Qué conceptos económicos puedes reclamar al banco por la estafa: dinero sustraído, intereses y costas procesales

  • El importe íntegro de todas las operaciones no autorizadas, sin descuentos ni franquicias.
  • Los intereses legales devengados desde la fecha de cada operación fraudulenta hasta el pago efectivo.
  • Las costas procesales (honorarios de abogado y procurador) si el caso llega a juicio y ganas.
  • Daños y perjuicios adicionales acreditables (gastos derivados directamente del fraude).

📊 Perspectiva real: una víctima que acepta la oferta parcial del banco puede estar dejando sobre la mesa no solo el porcentaje no devuelto, sino también los intereses acumulados desde la fecha del fraude (que en casos con varios meses de demora pueden ser significativos) y las costas que el banco tendría que pagar si llegara a juicio.

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6. Sentencia del Tribunal Supremo 571/2025: el respaldo jurídico que obliga al banco a reintegrar el dinero estafado al completo

Si el banco te ofrece solo una parte del dinero, significa que conoce perfectamente la sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2025 y sabe lo que le espera si el caso llega a juicio. Esa misma sentencia es el argumento más poderoso que puedes usar para rechazar su oferta y exigir el 100%.

📜 STS 571/2025 · Sala Primera · Tribunal Supremo · 9 de abril de 2025

5 puntos clave que destruyen la posición del banco en tu caso

1. El banco tiene responsabilidad cuasi objetiva: responde del fraude salvo que pruebe negligencia grave del cliente.

2. El uso correcto del doble factor de autenticación no exime al banco: el consentimiento debe ser real y consciente, no obtenido mediante engaño.

3. Las cláusulas contractuales que eximen al banco de responsabilidad por operaciones no autorizadas son nulas de pleno derecho.

4. El banco debe tener sistemas capaces de detectar operaciones claramente atípicas (múltiples transferencias en horas inusuales, importes inusuales). Si no los tiene o no los activó, ese es su fallo.

5. La condena incluye el importe íntegro más intereses y costas. No hay «responsabilidad parcial» reconocida en la sentencia.

Esta doctrina es vinculante para todos los tribunales inferiores en España. Cualquier juez de primera instancia que resuelva un caso de phishing o smishing tiene que aplicar estos criterios. El banco lo sabe. Por eso prefiere negociar contigo antes de que llegues al juzgado.

7. ¿Ya firmaste el acuerdo de compensación parcial con el banco tras la estafa? Aún tienes opciones para recuperar lo que te deben

Si ya firmaste un acuerdo de compensación parcial, la situación es más compleja pero no necesariamente sin solución. Existen vías para impugnar ese acuerdo en determinadas circunstancias:

A

El acuerdo contiene cláusulas abusivas

Si el documento que firmaste incluye cláusulas predispuestas por el banco que no fueron individualmente negociadas y que te perjudican de forma significativa, pueden ser declaradas nulas bajo la legislación de consumidores. Un abogado especializado puede analizar si tu caso encaja en este supuesto.

B

El banco no te informó adecuadamente de tus derechos

Si el banco no te explicó antes de la firma que tenías derecho al reembolso íntegro bajo la PSD2 y la STS 571/2025, podría argumentarse que el consentimiento no fue completamente informado. Esta vía es más compleja, pero ha prosperado en algunos casos.

C

El acuerdo fue firmado bajo presión indebida

Si el banco te presionó con plazos artificiales, te amenazó con consecuencias que no existían o te indujo a firmar sin tiempo razonable para consultar con un abogado, eso podría configurar un vicio del consentimiento que permite impugnar el acuerdo.

⚠️ Importante: si ya aceptaste la compensación parcial, actúa cuanto antes. Cuanto más tiempo pase, más difícil será impugnar el acuerdo. Consulta con un especialista en las próximas semanas, no meses.

Ya firmaste o estás a punto de hacerlo. Hay que actuar ahora.

Tanto si ya aceptaste como si el banco acaba de hacerte la oferta, nuestros abogados pueden evaluar tu situación y decirte qué opciones tienes para recuperar el 100%.

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8. Preguntas frecuentes sobre rechazar la compensación parcial del banco y reclamar el reembolso íntegro por phishing o smishing

¿Puedo rechazar la oferta parcial del banco y seguir reclamando el 100%?

Sí, absolutamente. Mientras no firmes ningún acuerdo, tu derecho a reclamar el importe íntegro permanece intacto. La oferta parcial del banco no es vinculante hasta que la aceptes formalmente por escrito. Rechazarla no cierra ninguna puerta: simplemente significa que el proceso continúa por la vía de la reclamación formal al SAC, el Banco de España o la vía judicial.

¿Qué pasa si ya acepté la compensación parcial y firmé el acuerdo?

La situación es más difícil pero no necesariamente sin salida. Un acuerdo puede impugnarse si contiene cláusulas abusivas no negociadas individualmente, si el banco no te informó de tus derechos antes de la firma, o si hubo presión indebida. No asumas que todo está perdido: consulta con un abogado especializado cuanto antes, ya que el tiempo juega en tu contra para impugnar el acuerdo.

¿El banco puede ofrecerme menos del 100% si la ley le obliga a devolver el total?

Sí, el banco puede hacer ofertas parciales como estrategia de negociación aunque la ley le obligue a devolver el total en caso de operación no autorizada. No está incumpliendo la ley por ofrecerte menos: simplemente está negociando. Tú tampoco estás obligado a aceptar. El artículo 45 del RDL 19/2018 y la STS 571/2025 establecen que, salvo negligencia grave probada por el banco, el reembolso debe ser íntegro.

¿Cuánto tiempo tengo para rechazar y seguir reclamando?

Tienes hasta 13 meses desde la operación fraudulenta para notificarla al banco bajo la PSD2 (si aún no lo has hecho), y hasta 5 años para ejercer la acción judicial de responsabilidad contractual (art. 1964 del Código Civil). Cada reclamación formal fehaciente interrumpe ese plazo de 5 años, que comienza a correr de nuevo desde cero. Aun así, cuanto antes actúes, más sólida será tu posición.

¿Negociar con el banco puede perjudicarme?

Puede, si durante la negociación reconoces hechos que el banco puede usar en tu contra (por ejemplo, admites haber actuado de una forma determinada), o si firmas documentos con cláusulas de renuncia implícita. Por eso es fundamental tener asesoramiento legal antes de mantener cualquier conversación formal con el banco sobre una compensación. Una negociación bien llevada con un abogado detrás puede, por el contrario, acelerar la recuperación del 100% sin necesidad de ir a juicio.

¿Hay algún caso en el que sí sea razonable aceptar la oferta parcial?

En algunos casos muy concretos puede tener sentido valorarlo: si existe evidencia clara de negligencia grave por tu parte que haría muy difícil ganar en juicio, si el importe en disputa es muy pequeño y no justifica el coste-tiempo de un proceso judicial, o si necesitas el dinero de forma urgente y la diferencia entre la oferta y el total es pequeña. Pero estos casos son la excepción. En la mayoría de los fraudes bancarios modernos (phishing, smishing, vishing), la ley y la jurisprudencia actual están del lado del cliente.

No aceptes menos de lo que la ley te garantiza.

Si el banco te ofrece una parte, es porque sabe que te debe el todo. La STS 571/2025 y el artículo 45 del RDL 19/2018 son tus armas. Nuestros abogados las usan cada día para recuperar el 100% del dinero estafado.

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